:lvg: | 02/06/2010
La Xunta prometió en distintas ocasiones subir este tipo de pagas pero de momento no cumplió su anuncio. Medio centenar de hogares dependen de la Renta de Integración Social de Galicia, muy inferior al salario mínimo.
Un total de 2.552 familias de la comarca percibieron durante el año pasado la Renta de Integración Social de Galicia (Risga), la Axuda por Emerxencia Social (AES) o una pensión no contributiva, bien por jubilación o bien por invalidez. Esto supone que su nivel de ingresos no superó, de media, los 500 euros mensuales e incluso llegó a quedarse por debajo de los 400 euros en el caso de aquellos perceptores que viven sin familiares a su cargo. De hecho, la cuantía establecida durante el presente ejercicio para la Risga se establece en tan solo 387,68 euros mensuales, cantidad que puede verse incrementada a razón de 62, 51 y 41 euros según vaya aumentando también el número de miembros que componen la unidad familiar.
La renta de integración social, tal y como apuntan desde la Consellería de Traballo e Benestar, encargada de su tramitación, es una prestación de carácter periódico destinada a garantizar recursos económicos de subsistencia a quien carezca de ellos, mediante un proyecto personalizado de inserción social y laboral. Se tiene derecho a ella bajo determinadas condiciones. Entre ellas, la de figurar empadronado y tener residencia efectiva en cualquiera de los concellos gallegos por lo menos durante el año inmediatamente anterior a la formulación de la solicitud.
Con todo, quedan exentos del requisito de un año de residencia los solicitantes procedentes de otra comunidad donde ya la estaba cobrando o las víctimas de violencia de género que cambien de domicilio por razones de seguridad; emigrantes retornados, cuando establezcan su residencia en Galicia, o nacidos en la comunidad que regresen para quedarse. Los beneficiarios, en primera instancia, deben tener entre 25 y 65 años, aunque los mayores de 18 con discapacidad o que antes de cumplir la mayoría de edad estuviesen tutelados por la Xunta tendrán derecho a beneficiarse de la ayuda.
Extraordinarios
Por lo que respecta a las ayudas por emergencia social, consisten en un pago único destinado a cubrir gastos extraordinarios de la persona solicitante de carácter básico y urgente tales como la alimentación, el vestido o la vivienda.. El importe total máximo de estas asignaciones económicas varían entre los 1.065,02 euros destinados a sufragar necesidades primarias y los 5.325,10 euros para mejorar las condiciones de habitabilidad de los demandantes.
Sin cotización
En cuanto al importe de las pensiones no contributivas gestionadas por la Administración autonómica, por su parte, está establecido en 4.755,80 euros anuales - un total de 339,70 euros al mes- cuando se trata de un único beneficiario y 4.042,50 euros, repartidos en catorce pagas de 288,75 euros cada una, para familias con dos perceptores. Como su propio nombre indica, tienen derecho a ellas aquellas personas que se encuentren en situación de jubilación o invalidez y no hayan cotizado lo suficiente para poder tener derecho a las prestaciones habituales.
Por otra parte, cabe destacar que la Xunta prometió en distintas ocasiones equiparar las pensiones no contributivas con el salario mínimo interprofesional. Sin embargo, el tiempo pasa y ese anuncio continúa sobre el papel. Por tanto, siguen siendo muchas las familias que se ven obligadas a sobrevivir con menos de 500 euros al mes. Ante este panorama desolador, lo único positivo que se puede decir es que, aunque Zapatero anunció la congelación de las jubilaciones para el 2011, a estas pagas sociales no les afecta.
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Muros encabeza la lista de municipios con más perceptores de la Risga
http://www.lavozdegalicia.es/barbanza/2010/06/02/0003_8522106.htm
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Con todo, quedan exentos del requisito de un año de residencia los solicitantes procedentes de otra comunidad donde ya la estaba cobrando o las víctimas de violencia de género que cambien de domicilio por razones de seguridad; emigrantes retornados, cuando establezcan su residencia en Galicia, o nacidos en la comunidad que regresen para quedarse. Los beneficiarios, en primera instancia, deben tener entre 25 y 65 años, aunque los mayores de 18 con discapacidad o que antes de cumplir la mayoría de edad estuviesen tutelados por la Xunta tendrán derecho a beneficiarse de la ayuda.
Extraordinarios
Por lo que respecta a las ayudas por emergencia social, consisten en un pago único destinado a cubrir gastos extraordinarios de la persona solicitante de carácter básico y urgente tales como la alimentación, el vestido o la vivienda.. El importe total máximo de estas asignaciones económicas varían entre los 1.065,02 euros destinados a sufragar necesidades primarias y los 5.325,10 euros para mejorar las condiciones de habitabilidad de los demandantes.
Sin cotización
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Por otra parte, cabe destacar que la Xunta prometió en distintas ocasiones equiparar las pensiones no contributivas con el salario mínimo interprofesional. Sin embargo, el tiempo pasa y ese anuncio continúa sobre el papel. Por tanto, siguen siendo muchas las familias que se ven obligadas a sobrevivir con menos de 500 euros al mes. Ante este panorama desolador, lo único positivo que se puede decir es que, aunque Zapatero anunció la congelación de las jubilaciones para el 2011, a estas pagas sociales no les afecta.
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