20 febrero 2014

Absuelven a los acusados de violar a una mujer en Xuño

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La jueza ve poco creíble la versión de la víctima, que denunció que dos primos abusaron de ella en el bar de uno de ellos

No estuvo nada bien lo que hicieron. Engañar a una mujer ofreciéndole un dinero por mantener relaciones sexuales y darle solo la mitad al terminar, aprovechándose de las debilidades de una persona, que es muy feo, pero no es delito. Y mucho menos una violación. La jueza vio poco creíble la versión de la víctima, cargada de contradicciones en sus muchas declaraciones y llena de detalles incomprensibles, como que no gritara o pidiera auxilio, por ejemplo.

Así que lo que ocurrió en un bar de Xuño (Porto do Son) en la madrugada del 24 de mayo fueron unos hechos «deleznables», según reconoció en su alegato final el propio abogado defensor, pero en ningún modo hubo violación, abuso o agresión sexual alguna. Las relaciones fueron consentidas. Y lo fueron, tal y como explicaron los procesados durante el juicio, porque habían llegado a un acuerdo económico con ella. Le prometieron 100 euros por sus favores sexuales y luego le dieron solo 40. Y entienden que ese engaño provocó en la mujer un ansia de venganza que le llevó a ser capaz de culparlos por violación.

La mujer conoció a uno de los procesados en un bar y luego se desplazaron al de un primo suyo. Allí, el regente del establecimiento mantuvo relaciones sexuales con la supuesta víctima después de que esta los «calentase» a cambio de dinero y de que la llevasen hasta Ribeira, donde habría querido comprar cocaína.

Ella, en cambio, sostuvo que la intimidaron y lograron su objetivo a golpes, para después eyacular en su interior antes de que lograse zafarse, sin gritar en ningún momento por miedo o por no asustar al hijo de 4 años de uno de ellos, que estaba en el bar. Ellos dijeron que las relaciones se realizaron sin preservativo por iniciativa de ella, alérgica al látex y que tomaba anticonceptivos.

El ministerio fiscal y la acusación particular pedían para ellos una pena de 14 años de cárcel y una indemnización por daños morales para la víctima de 10.000 euros.

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