16 noviembre 2011

La Guardia Civil empieza a denunciar a los peatones que no llevan chaleco

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En siete días de vigilancia específica fueron sancionadas quince personas

La Guardia Civil de Tráfico denunció a 15 peatones durante la campaña de vigilancia específica diseñada por la Dirección General de Tráfico, que concluyó el domingo y que se desarrolló durante una semana en las carreteras de Galicia. En la mayoría de los casos, fueron denunciados por no utilizar ningún tipo de prenda reflectante en las horas y en las zonas en las que era obligatorio utilizarlo, así como por cruzar en lugares de riesgo, de noche o en condiciones de poca visibilidad. Es la primera vez que se denuncia a peatones por ese tipo de infracción, castigada con 80 euros.

Los agentes controlaron a un total de 2.300 peatones que caminaban por vías interurbanas sin aceras. El teniente coronel José Hermida, jefe de la Guardia Civil de Tráfico de Galicia, explicó que se denunciaron las infracciones más graves, aquellas en las que el peatón ponía claramente en riesgo su vida y la de los demás usuarios de la carretera. «Muchas veces, el peatón no valora el riesgo», añade Hermida, quien razona que es muy difícil convencer a los propios guardias civiles de que tienen que multar a un peatón, «que es la parte más débil del tráfico». Por eso, en la mayoría de las ocasiones los agentes se dirigieron a los peatones para advertirles de los riesgos que corrían.

En los días transcurridos de este mes ya han muerto tres peatones atropellados en Galicia. En uno de los casos, la víctima fue una mujer de edad avanzada que cruzó en un lugar indebido. Además, era de noche y ella vestía completamente de negro. Es el atropello tipo de Galicia, aquel en el que el conductor casi no tiene tiempo a reaccionar.

La normativa

Los peatones deben cumplir con una serie de normas cuando caminan por una carretera interurbana y sin aceras. La más importante de ellas es la de hacerse ver. El Reglamento General de Circulación hace referencia a la visibilidad de los peatones en el artículo 123. Indica que fuera de poblado, de noche o en condiciones meteorológicos o ambientales que disminuyan la visibilidad todo peatón que circule por la calzada o el arcén «deberá ir provisto de un elemento luminoso o autorreflectante homologado». Según se especifica también en la normativa, la prenda reflectante debe ser visible a una distancia de 150 metros.

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