01 julio 2009

El TSXG vuelve a anular la licencia del bar Ébora de O Son


:ecg: | 01.07.2009
El Contencioso desestimó el recurso del Concello contra una sentencia anterior // El fallo se basa en las deficiencias en el aislamiento acústico del local

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado la licencia que el Ayuntamiento de Porto do Son otorgó el 14 de julio de 2006 al bar Ébora de esta localidad. La impugnación se basa, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario, en la existencia de deficiencias en el aislamiento acústico del local y por la propagación de gases de humos y olores que afectan a las viviendas de los vecinos del inmueble.

De esta forma, el TSXG desestimó el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento contra la sentencia de 29 de junio de 2007, dictada en primera instancia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de A Coruña. Esta es la segunda licencia de apertura del local que es anulada judicialmente por incurrir en las citadas anomalías. La primera fue impugnada el 28 de noviembre de 2001 por las irregularidades en que el Concello incurrió en su concesión.

Ante la nueva sentencia no cabe "recurso ordinario alguno" por lo que, según ha explicado el despacho de abogados que interpuso el Contencioso en nombre de uno de los vecinos afectados, la segunda licencia de apertura ha vuelto a ser anulada definitivamente después de diez años de soportar las molestias generadas por la actividad del bar.

El propietario del bar desconoce los términos de la sentencia, por lo que aún no ha tomado ninguna decisión al respecto.

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